El Tribunal de Antioquia invalida el proceso de intervención del Gobierno Petro en Savia Salud

El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó suspender de manera provisional la intervención forzosa de la EPS Savia Salud, que estaba bajo control de la Superintendencia Nacional de Salud desde junio de 2023, y dispuso su devolución a sus accionistas públicos en un plazo de diez días hábiles. La decisión judicial frena temporalmente una de las intervenciones más relevantes del sistema de salud en Colombia y abre un nuevo capítulo en la disputa jurídica sobre el alcance de estas medidas.

El fallo se sustenta en la sentencia SU-277 de 2025 de la Corte Constitucional, que estableció criterios estrictos sobre la motivación y el análisis causal que deben cumplir las intervenciones a entidades del sistema de salud. En este caso, el Tribunal concluyó que la Superintendencia no habría demostrado de forma suficiente si el deterioro financiero de Savia Salud obedecía a fallas internas de gestión o a factores estructurales del propio sistema, como la suficiencia de la UPC y los retrasos en el flujo de recursos.

La orden judicial implica que la Superintendencia Nacional de Salud deberá adelantar el proceso de empalme con los accionistas de la EPS, entre ellos la Gobernación de Antioquia, la Alcaldía de Medellín y la caja de compensación Comfama. En un plazo máximo de diez días hábiles, la entidad deberá entregar la administración, los bienes y la operación de la aseguradora, que actualmente atiende a más de 1,6 millones de afiliados en el régimen subsidiado del departamento.

Savia Salud había sido intervenida en 2023 por decisión del Gobierno nacional bajo el argumento de fallas en la atención a los usuarios y dificultades financieras. Desde entonces, la EPS estuvo bajo administración estatal y atravesó varias prórrogas de la medida, mientras se mantenía el debate sobre la efectividad de la intervención frente al deterioro de sus indicadores financieros.

El Tribunal también tomó como referencia decisiones recientes de la Corte Constitucional que han cuestionado intervenciones similares, al advertir que no basta con señalar problemas financieros para justificar la toma de control de una EPS. Según el análisis judicial, es necesario establecer con claridad si la crisis responde exclusivamente a la gestión interna o si existen causas estructurales del sistema que no pueden atribuirse a la entidad intervenida.

La decisión no define el fondo del litigio, pero suspende los efectos de la intervención mientras se estudia su legalidad definitiva. En este contexto, la Superintendencia Nacional de Salud deberá ejecutar la entrega de la EPS o acudir a instancias superiores para intentar revertir el fallo, en medio de un sistema de salud que sigue tensionado por problemas financieros y disputas sobre el modelo de aseguramiento en Colombia.

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