La Oficina Española de Patentes y Marcas declaró la caducidad de tres registros de la cadena colombiana Frisby en España y falló a favor de Frisby España, al concluir que la marca no tuvo uso real y efectivo en ese país durante el periodo exigido por la normativa. La decisión administrativa fue emitida el día de hoy y marca un giro clave en un litigio que también involucra a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, que aún debe pronunciarse sobre el alcance comunitario del caso.
El organismo español estimó las solicitudes de caducidad presentadas por la empresa Frisby España contra registros que la compañía colombiana mantenía desde comienzos de los años 2000. La resolución afecta tres marcas asociadas al nombre Frisby y a su variante comercial vinculada al pollo frito, en distintas clases de productos y servicios relacionados con alimentos y restauración. Según la autoridad, la compañía titular no logró demostrar explotación comercial efectiva en el mercado español durante el periodo relevante, un requisito central en la legislación de marcas.

En el análisis de pruebas aportadas por Frisby Colombia, la oficina consideró elementos como actividad en redes sociales, descargas de aplicaciones móviles desde España y referencias de terceros. Sin embargo, concluyó que esos indicadores no acreditan presencia comercial real en el país, sino visibilidad o notoriedad sin operación efectiva. El criterio central de la decisión es que la protección marcaria exige uso en el territorio donde se registra y no puede sustentarse únicamente en conexión digital o reputacional con el mercado de origen.
Con este fallo, Frisby España queda habilitada para operar bajo el nombre en territorio español sin el obstáculo de los registros anulados. La empresa con sede en Bilbao ha defendido que la ausencia de uso por parte de la firma colombiana abría la puerta a la caducidad y que la decisión confirma su posición jurídica en el mercado.
El caso no está cerrado a nivel europeo. La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea mantiene pendiente un pronunciamiento sobre el registro comunitario de Frisby S.A. BIC, lo que podría extender o limitar los efectos del fallo más allá de España. Este punto será determinante para definir si la marca colombiana conserva protección en el conjunto del bloque o si se consolida la posición de la empresa española.
El conflicto entre ambas compañías se ha desarrollado en distintas instancias administrativas y judiciales desde 2025, con decisiones previas en tribunales de Alicante que ya habían flexibilizado restricciones para el uso de la marca en España. La resolución de la Oficina de Patentes se suma ahora a ese historial y refuerza la interpretación de que la falta de explotación comercial efectiva puede llevar a la pérdida de derechos sobre una marca registrada en mercados internacionales.

