Consejo de Estado suspende el decreto que aumentaba las retenciones del impuesto de renta

El Consejo de Estado suspendió de manera provisional los artículos 2 al 8 del Decreto 572 de 2025, una norma con la que el Gobierno Nacional había elevado de forma significativa las tarifas y bases de retención y autorretención del impuesto de renta para empresas, trabajadores independientes y otros contribuyentes. Con esta decisión, la alta corte ordenó que, mientras se define el fallo de fondo, vuelvan a aplicarse las reglas anteriores al decreto.

La medida cautelar implica que el esquema de retenciones vigente antes del 1 de junio de 2025 regresa temporalmente, frenando el aumento que había empezado a regir con el decreto expedido por el Ministerio de Hacienda. Ese ajuste había modificado el Decreto Único Tributario y, según estimaciones de firmas especializadas, en algunos casos incrementaba las tarifas en más de 300% y ampliaba la retención a contribuyentes que antes no estaban sujetos a este mecanismo.

El análisis del Consejo de Estado señala que las disposiciones suspendidas no contaban con una motivación suficiente desde el punto de vista técnico y jurídico. Aunque el Gobierno sí tiene facultades para definir tarifas de retención y autorretención, el tribunal advirtió que esas decisiones deben sustentarse en estudios completos, verificables y proporcionales. En este caso, los soportes económicos no habrían incluido datos detallados que permitieran validar los supuestos de recaudo y los efectos proyectados sobre la actividad empresarial.

La decisión no afecta la totalidad del decreto. El artículo 1 se mantiene vigente porque el alto tribunal consideró que sí existía una justificación adecuada para ajustar el tratamiento tributario de los Certificados de Depósito de Ahorro a Término y equipararlos con otros instrumentos financieros, con el objetivo de evitar distorsiones regulatorias en el mercado de renta fija.

En el plano económico, la suspensión representa un alivio inmediato para empresas y trabajadores independientes que enfrentaban mayores descuentos anticipados sobre sus ingresos. Gremios del sector productivo habían advertido que el aumento de las retenciones impactaba la liquidez, especialmente en micro y pequeñas empresas, al reducir su flujo de caja en un contexto de tasas de interés elevadas y menor crecimiento económico.

El caso también reabre el debate sobre el uso de la retención en la fuente como herramienta de recaudo anticipado. Mientras el Gobierno defendía el decreto como un mecanismo para mejorar el flujo de ingresos fiscales sin modificar las tarifas nominales del impuesto de renta, sectores empresariales y algunos demandantes lo interpretaron como una forma de financiación forzada que trasladaba presión de caja al sector privado.

La decisión del Consejo de Estado es provisional y se mantiene hasta que se resuelva de fondo la legalidad del Decreto 572 de 2025. En ese fallo final se definirá si las medidas se ajustan al ordenamiento jurídico o si deberán ser anuladas, lo que podría obligar al Gobierno a replantear su estrategia de recaudo anticipado.

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