Demandan el decreto del Gobierno Petro que fija un límite global del 30% para la inversión de pensiones en el exterior

El Gobierno colombiano desató un nuevo frente de tensión con el sector financiero tras expedir el Decreto 0369, que fija un límite global de 30% para la inversión de los fondos de pensiones obligatorias en el exterior. La medida, firmada por el Ministerio de Hacienda el 7 de abril, ya provocó críticas del gremio Asofondos y una demanda de nulidad ante el Consejo de Estado presentada por la Fundación para el Estado de Derecho.

El cambio modifica el Decreto 2555 de 2010 y reduce el margen de inversión internacional que antes podía llegar hasta 40% por fondo. Con la nueva regla, las administradoras de fondos de pensiones deberán ajustar gradualmente sus portafolios hasta cumplir un techo único para todo el sistema. El Gobierno sostiene que la decisión busca fortalecer el ahorro interno y canalizar mayores recursos hacia la economía colombiana.

El ajuste no será inmediato. El decreto establece una transición de cinco años que inicia con un tope de 35% en el tercer año y culmina en 30% al final del periodo. En los primeros seis meses las AFP deberán presentar planes de adecuación ante la Superintendencia Financiera, entidad encargada de vigilar el cumplimiento y evaluar posibles excepciones técnicas.

Asofondos advirtió que la restricción puede afectar la diversificación de los portafolios y, en consecuencia, la rentabilidad de los ahorros de más de 19 millones de afiliados. El gremio sostiene que la inversión internacional ha sido clave para mejorar los retornos del sistema y cuestiona que se limite su participación sin una expansión suficiente del mercado local capaz de absorber esos recursos.

Según estimaciones del sector, la reducción de la exposición externa podría implicar el retorno progresivo de entre 100 y 125 billones de pesos al mercado colombiano en un periodo de cinco años. Para los críticos, ese volumen de capital podría generar presiones sobre precios de activos locales y sobre el tipo de cambio si no existe suficiente capacidad de absorción.

En el frente judicial, la Fundación para el Estado de Derecho solicitó al Consejo de Estado la nulidad del decreto y pidió su suspensión provisional. La organización argumenta que el ahorro pensional tiene una destinación específica y que su redirección obligatoria hacia activos locales podría exceder las facultades regulatorias del Ejecutivo.

El Gobierno defiende la decisión con base en la brecha entre ahorro e inversión en Colombia, que ha obligado históricamente a recurrir a financiamiento externo. Su apuesta es que una mayor canalización del ahorro pensional hacia proyectos productivos internos contribuya al crecimiento económico y a la generación de empleo.

El debate ahora se traslada a los tribunales y al mercado financiero, donde las AFP deberán ajustar sus estrategias de inversión mientras se define el futuro jurídico de una de las reformas más sensibles del sistema pensional en los últimos años.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *