A partir del 22 de marzo de 2025, los bancos y establecimientos de crédito en Colombia estarán obligados a cambiar gratuitamente billetes de baja denominación y monedas metálicas a sus clientes. Así lo confirmó el Banco de la República a través de la Resolución Externa 2 del 22 de marzo de 2024, que establece nuevas normas para la provisión y cambio de efectivo en el país.
¿Dónde se podrán cambiar monedas y billetes?
El Banco de la República informó que este servicio deberá prestarse en todas las ventanillas de atención al público de los establecimientos de crédito, garantizando que cualquier ciudadano pueda acceder al cambio de monedas y billetes de baja denominación sin costo alguno.
Además, se estableció que este servicio también podrá prestarse mediante otros canales como:
- Oficinas bancarias
- Cajeros automáticos (ATM)
- Receptores de dinero en efectivo
- Dispositivos electrónicos que permitan realizar operaciones de cambio y provisión de efectivo
El objetivo de esta medida es mejorar la accesibilidad y eficiencia en el manejo del efectivo, facilitando que los colombianos puedan disponer de su dinero en las denominaciones que necesiten sin enfrentar costos adicionales.
Límites y condiciones del servicio
Si bien el cambio y provisión de billetes y monedas metálicas deberá ser gratuito, los bancos y establecimientos de crédito podrán establecer montos máximos por operación, dependiendo de sus políticas internas. No obstante, la normativa indica que no podrán imponer restricciones generales que limiten el acceso al servicio.
Asimismo, el nivel de disponibilidad del servicio dependerá de la presencia de cada banco o entidad financiera en diferentes ciudades y municipios del país, según lo estipulado en la resolución.
Con esta iniciativa, el Banco de la República busca garantizar un mejor acceso al efectivo para los ciudadanos y mejorar la calidad del servicio bancario en el país.
